Como Saber Si Un Edificio Es Patrimonio Historico?

Como Saber Si Un Edificio Es Patrimonio Historico
La identificación de los Inmuebles y Zonas de Conservación Histórica se realiza a través de los Planes Reguladores Comunales, por lo que para saber cuándo un inmueble fue protegido, debe consultar la fecha de aprobación del Plan Regulador Comunal, en su respectiva Dirección de Obras.

¿Cómo se puede identificar el patrimonio?

Características del patrimonio – Entre las características que tiene el patrimonio podemos destacar las siguientes:

Debe ser cuantificable, es decir, el patrimonio tiene que poder ser medido. La unidad de medida más utilizada son las unidades monetarias.El patrimonio es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que son propiedad de una persona o empresa.Generalmente la parte de activo del patrimonio puede ser convertido en liquidez por su propietario. En función del tipo de activos que sean, será más o menos fácil realizar esta conversión.Representa derechos y obligaciones económicas asociadas a su propietario.Puede traspasarse entre herederos o entre empresas.

¿Qué es el patrimonio histórico inmueble?

Son Sitios Históricos los lugares vinculados a acontecimientos o recuerdos del pasado, a tradiciones, creaciones culturales o de la naturaleza y a obras humanas, que posean un relevante valor histórico, etnológico, arqueológico, paleontológico o industrial.

¿Qué es un patrimonio histórico arquitectónico?

Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural

El Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural es el programa del Ministerio de Cultura y Juventud encargado de velar por la conservación del patrimonio histórico-arquitectónico y la salvaguardia de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, mediante la investigación y el servicio especializado a la sociedad costarricense.Se entiende por patrimonio histórico-arquitectónico del país, el inmueble de propiedad pública o privada con significación cultural o histórica, declarado así por el Ministerio de Cultura y Juventud de acuerdo con la Ley de la República N° 7555.Por su parte, el patrimonio cultural inmaterial (PCI) se compone de tradiciones orales, artes del espectáculo, usos sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativas a la naturaleza y el universo, así también, saberes y técnicas vinculadas a la artesanía tradicional.Desde el Centro de Patrimonio Cultural procuramos fortalecer la diversidad cultural de los costarricenses por medio de acciones de conservación del patrimonio histórico-arquitectónico según la Ley de la República N° 7555 y la salvaguardia de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial siguiendo los lineamientos de la Convención de 2003, emitida por Unesco.Nuestro objetivo general es conservar, proteger y salvaguardar este acervo con la finalidad de fortalecer la identidad de la nación.

: Centro de Investigación y Conservación del Patrimonio Cultural

¿Qué es el patrimonio histórico ejemplos?

Ejemplo de ello son: una casa histórica, un acueducto, una catedral, un edificio industrial, un cementerio, un monumento o el centro histórico de una ciudad, entre otros.

¿Qué características debe tener un lugar para ser Patrimonio Natural?

Preservar la biodiversidad de nuestro planeta es fundamental para el bienestar de la humanidad. Gracias al apoyo de la Convención del Patrimonio Mundial, los sitios naturales más importantes gozan de reconocimiento internacional y de asistencia técnica y económica para combatir amenazas como la tala indiscriminada para hacer cultivos, la introducción de especies exóticas y la caza furtiva.

¿Cómo se clasifica el patrimonio historico?

Bienes Inmuebles : Al contrario de los bienes muebles, éstos no se pueden trasladar de su lugar y si se trasladasen perderían parte de su contenido y valor –

Como Saber Si Un Edificio Es Patrimonio Historico Catedral de Tarragona Como Saber Si Un Edificio Es Patrimonio Historico Acueducto Romano de Tarragona Como Saber Si Un Edificio Es Patrimonio Historico Puente la Reina – Navarra. España Como Saber Si Un Edificio Es Patrimonio Historico Casa Castellarnau. Tarragona. Por su parte, el Patrimonio Intangible o Inmaterial, se define como: ” las prácticas, representaciones y expresiones, los conocimientos y las técnicas que procuran a las comunidades, los grupos e individuos un sentimiento de identidad y continuidad.

Los instrumentos, objetos y espacios culturales asociados a esas prácticas forman parte integrante de este patrimonio. El patrimonio cultural inmaterial, transmitido de generación en generación, lo recrean permanentemente las comunidades y los grupos en función de su medio, su interacción con la naturaleza y su historia.

La salvaguardia de este patrimonio es una garantía de sostenibilidad de la diversidad cultural. Por tanto ha de establecerse un necesaria relación dialéctica que existe entre el patrimonio material e inmaterial “. Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (UNESCO París 17 de octubre de 2003) Desde hace ya tiempo hablar de patrimonio es hablar también de las medidas que aplican para protegerlo, por lo que se puede hablar de una clasificación según las normativas de protección.

De este modo tenemos Patrimonio: Cultural, natural, material, inmaterial, arquitectónico, arqueológico, bibliográfico o documental, mueble y etnológico, Es importante señalar que las clasificaciones pueden variar en más de un aspecto, de hecho de acuerdo con el marco jurídico de protección de cada país las denominaciones cambian.

No obstante, podemos decir que hasta este punto hemos al menos enunciado los tipos más comunes. En próximos artículos iremos compartiendo definiciones más específicas sobre estas tipologías y sobre otras clasificaciones como las de bienes mixtos o ciudades históricas.

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¿Quién declara el patrimonio histórico?

Procedimiento para lograr la declaratoria de una manifestación cultural vigente: De la declaratoria de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación

  • Alcance de la declaratoria El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declara como Patrimonio Cultural de la Nación las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, de acuerdo a sus características, importancia, valor, alcance, difusión y significado en la vida, en la representación simbólica ligada a la identidad en el desarrollo humano, histórico, social y cultural de la Nación.
  • Del Inicio del procedimiento de declaratoria El procedimiento para la declaratoria de patrimonio inmaterial se inicia de Oficio por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, la cual elaborará el informe técnico respectivo debidamente sustentado, el cual será remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural Las actuaciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial podrán sustentarse en peticiones de parte, situación que deberá ser comunicada a la Dirección General de Patrimonio Cultural, con copia al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. Para la evaluación de los expedientes, la Dirección de Patrimonio Inmaterial requerirá contar con la siguiente documentación y/o elementos:
    1. Un estudio en el que se señalen y describan con detalle las características esenciales de la manifestación o expresión, estudio en el que se evidencie su importancia, valor, alcance, significado e impacto de la manifestación o expresión en la definición de la identidad colectiva, local, regional, étnica, comunal y/o nacional y se identifiquen algunas amenazas a la viabilidad de la manifestación cultural, así como las medidas que la comunidad, los grupos y en algunos casos los individuos, tomarán para mitigadas.
    2. Una bibliografía, de existir ésta, con referencias documentales utilizadas en el estudio, y debidamente consignadas.
    3. Un mínimo de diez fotografias recientes. Las fotos deben tener un soporte digital, cuya nitidez y resolución sea adecuada para su publicación.
    4. Sustento documental de que el expediente ha sido preparado con participación de la comunidad, los grupos y en algunos casos los individuos, mostrándose evidencia de que existe el consentimiento previo e informado de los portadores para solicitar la declaratoria.
    5. Un documento de compromiso de la comunidad, los grupos y en algunos casos los individuos, portadores de la expresión cultural, para colaborar con las Direcciones Desconcentradas de Cultura de su circunscripción territorial, a fin de elaborar cada cinco años un informe detallado sobre el estado de la expresión para su envio al Ministerio de Cultura, de modo que su registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudieran haber surgido para su vigencia, y otros aspectos relevantes para hacer un seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

    De manera facultativa se podrán adjuntar otros anexos adicionales, tales como diagramas, partituras, grabaciones sonoras y/o fílmicas, etc.

  • De la evaluación y resultado La Dirección de Patrimonio Inmaterial evalúa el expediente, teniendo en cuenta los siguientes criterios técnicos:
    • El valor histórico y la evidencia de formar parte de una tradición.
    • El valor simbólico o emblemático y la vigencia de su significado como símbolo de identidad cultural.
    • La vigencia y actualidad de su impacto en la vida cotidiana o en la calendarización de la vida colectiva, en el mantenimiento de las costumbres y creencias, en la vigorización de las tradiciones, en la transmisión y desarrollo de los saberes y tecnologías, en la producción y productividad, y en el bienestar colectivo.
    • La representatividad y trascendencia local, regional, nacional o internacional por su capacidad de convocatoria y participación colectiva.
    • Que la expresión cultural no vulnera derechos fundamentales como la vida (artículo 1 de la Constitución Política del Perú); la integridad personal y el bienestar de las personas (artículo 2, inciso 1 de la Constitución Política del Perú); o subvierte el orden constitucional o el orden público. Tampoco se considerará susceptibles de ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación a las expresiones culturales que comporten, directa o indirectamente, una afectación al medio ambiente o al desarrollo sostenible; que no respeten los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e Individuos, o las que conlleven actos de crueldad y sacrificio de animales.

    En base a dichos criterios técnicos, la Dirección de Patrimonio Inmaterial identifica la importancia, valor, alcance y trascendencia de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial para su declaración como Patrimonio Cultural de la Nación. El trámite a seguir es el siguiente:

    1. La Dirección de Patrimonio Inmaterial realiza una revisión minuciosa y de determinar que cuenta con información suficiente se inicia el proceso de evaluación. De ser el caso, se informa a la Dirección Desconcentrada de Cultura correspondiente que el expediente ha sido admitido para su evaluación. Esta admisión no implica que la evaluación final sea positiva. El expediente entra a la Lista de expedientes en proceso. Asimismo, se podrá comunicar a los que tuvieran interés que el expediente ha sido admitido.
      • En caso que la Dirección de Patrimonio Inmaterial no cuente con información suficiente o se deba corroborar ésta, se podrá comunicar a los que tuvieran interés que el expediente ha sido observado y a la Dirección Desconcentrada de Cultura competente, con las observaciones encontradas para la subsanación correspondiente. El expediente entra a la Lista de expedientes observados.
      • Si la Dirección de Patrimonio Inmaterial considera que no procede, se devuelve el expediente al remitente, con un informe que sustenta la improcedencia.
    2. Etapa de análisis. Un expediente admitido o subsanado, es analizado por un Especialista de la Dirección de Patrimonio Inmaterial. Dicha etapa incluye el estudio de la documentación presentada, la recopilación de información adicional y de nuevas fuentes de información, la redacción de una sintesis de la información y su validación. Este proceso culminará con la emisión de un informe técnico. La Dirección de Patrimonio Inmaterial remite la propuesta e informe técnico sobre la procedencia o no del expediente a la Dirección General de Patrimonio Cultural para su consideración, a fin de que sea elevado al Vceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.
    3. El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales resuelve el procedimiento, siendo competente para declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación.

De la declaratoria de la obra de grandes maestros, sabios y creadores del Perú

  1. Alcance de la declaratoria El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declara como Patrimonio Cultural de la Nación, la obra de grandes maestros, sabios y creadores que contribuya al rescate, registro, estudio, difusión y salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
  2. Del Inicio del procedimiento de declaratoria El procedimiento para la declaratoria de la obra de grandes maestros, sabios y creadores se inicia de Oficio por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, elaborando el informe técnico respectivo debidamente sustentado, el cual será remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural Las actuaciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial podrán sustentarse en peticiones de parte, situación que deberá ser comunicada a la Dirección General de Patrimonio Cultural, con copia al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. Para la evaluación de los expedientes, la Dirección de Patrimonio Inmaterial requerirá contar con los documentos que acrediten la contribución de la obra del maestro, sabio o creador que contribuya al rescate, registro, estudio, difusión y salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
  3. De la Evaluación y Resultado La Dirección de Patrimonio Inmaterial evalúa el expediente, teniendo en cuenta los siguientes criterios técnicos:
    • El valor cultural y la evidencia de aporte al patrimonio cultural inmaterial.
    • La vigencia y actualidad de su impacto en la vida cotidiana o en la calendarización de la vida colectiva, en el mantenimiento de las costumbres y creencias, en la vigorización de las tradiciones en la transmisión y desarrollo de los saberes y tecnologías, en la producción y productividad, y en el bienestar colectivo.
    • La representatividad y trascendencia local, regional, nacional o internacional.
    • Que la obra no promueve la vulneración de derechos fundamentales como la vida (articulo 1 de la Constitución Politica del Perú); la integridad personal y el bienestar de las personas (articulo 2, inciso 1 de la Constitución Política del Perú). Tampoco se considerará susceptibles de ser declaradas como Patrimonio Cultural de la Nación a las obras que promuevan, directa o indirectamente, una afectación al medio ambiente o al desarrollo sostenible; el no respeto a los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos, o que promuevan actos de crueldad y sacrificio de animales.

    En base a estos criterios, un Especialista de la Dirección de Patrimonio Inmaterial analiza el expediente y basándose en la documentación presentada y en la información adicional que requiera, evalúa la importancia, valor, alcance y trascendencia de la obra del maestro, sabio o creador. Con dichos criterios y el análisis correspondiente emite un informe técnico sobre la procedencia o no de la petición para su declaración como Patrimonio Cultural de la Nación. La Dirección de Patrimonio Inmaterial remite el informe técnico a la Dirección General de Patrimonio Cultural para su consideración, a fin de que sea elevado al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales. El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales resuelve el procedimiento, siendo competente para declarar la obra del maestro, sabio o creador como Patrimonio Cultural de la Nación.

¿Cuándo fue declarada patrimonio histórico?

El patrimonio es el legado cultural que recibimos del pasado, que vivimos en el presente y que transmitiremos a las generaciones futuras. Con la Convención de 1972 para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural la UNESCO establece que ciertos lugares de la Tierra tienen un “valor universal excepcional” y pertenecen al patrimonio común de la humanidad, como la selva de Serengueti en el África oriental, las pirámides de Egipto, la Gran Barrera de Coral en Australia y las catedrales barrocas de América Latina.

  • Sin embargo, el patrimonio cultural no se limita a monumentos y colecciones de objetos.
  • Comprende también expresiones vivas heredadas de nuestros antepasados, como tradiciones orales, artes del espectáculo, usos sociales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, y saberes y técnicas vinculados a la artesanía tradicional.

Pese a su fragilidad, el patrimonio cultural inmaterial o patrimonio vivo es un importante factor del mantenimiento de la diversidad cultural. Para la UNESCO Santiago la noción de patrimonio es importante para la cultura y el futuro porque constituye el “potencial cultural” de las sociedades contemporáneas, contribuye a la revalorización continua de las culturas y de las identidades y es un vehículo importante para la transmisión de experiencias, aptitudes y conocimientos entre las generaciones.

Además, el patrimonio es fuente de inspiración para la creatividad y la innovación que generan productos culturales contemporáneos y futuros. El patrimonio cultural encierra el potencial de promover el acceso a la diversidad cultural y su disfrute. Puede también enriquecer el capital social y conformar un sentido de pertenencia, individual y colectivo que ayuda a mantener la cohesión social y territorial.

Por otra parte, el patrimonio cultural ha adquirido una gran importancia económica para el sector del turismo en muchos países. Esto también genera nuevos retos para su conservación.