Cómo Se Sacan Las Coordenadas En Un Plano De Construcción?

Cómo Se Sacan Las Coordenadas En Un Plano De Construcción
Ubicación de puntos en el plano cartesiano – Las coordenadas se forman asociando un valor del eje de las equis a uno de las yes, respectivamente, esto indica que un punto (P) se puede ubicar en el plano cartesiano tomando como base sus coordenadas, lo cual se representa como: P (x, y) Para localizar puntos en el plano cartesiano se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento: 1. Para determinar las coordenadas de un punto o localizarlo en el plano cartesiano, se encuentran unidades correspondientes en el eje de las x hacia la derecha o hacia la izquierda y luego las unidades del eje de las y hacia arriba o hacia abajo, según sean positivas o negativas, respectivamente.

¿Cómo se leen las coordenadas en un plano?

Cómo Se Sacan Las Coordenadas En Un Plano De Construcción – El punto azul está en las coordenadas (4,-4). Cuatro posiciones a la derecha del origen y cuatro hacia abajo. En resumen, el valor positivo o negativo de X e Y en las coordenadas indica la posición relativa respecto al origen:

  • En el eje X, dirección horizontal, un valor positivo refleja una posición a la derecha del origen. Y uno negativo a la izquierda,
  • En el eje Y, dirección vertical, el valor positivo indica una posición por encima del origen. Uno negativo por debajo de él.
  • Si X toma el valor cero, la posición de las coordenadas no está ni a la derecha ni a la izquierda del origen. Estaría en algún punto del eje Y,
  • Si Y toma el valor cero, la posición de las coordenadas no está ni por encima ni por debajo del origen. Estaría en algún punto del eje X,
  • O, el origen, es la única posición en la que ambos valores son cero,

Por tanto, conociendo los valores de (X,Y) podemos saber en qué cuadrante se encuentra esa posición siguiendo el siguiente esquema: Cómo Se Sacan Las Coordenadas En Un Plano De Construcción

¿Cómo puedo sacar las coordenadas de un lugar?

Cómo obtener las coordenadas de un lugar –

  1. Abre Google Maps en tu computadora.
  2. Haz clic con el botón derecho en el lugar o en el área del mapa.
    • Se abrirá una ventana emergente. Puedes encontrar tu latitud y longitud en formato decimal en la parte superior.
  3. Para copiar las coordenadas automáticamente, haz clic con el botón izquierdo en la latitud y la longitud.

¿Qué son las coordenadas de un plano?

Coordenadas cartesianas – Wikipedia, la enciclopedia libre Tres ejemplos de coordenadas asignadas a tres puntos diferentes (verde, rojo y azul), sus sobre los ejes constituyen sus coordenadas cartesianas y el en, Sistema de coordenadas cartesianas con un círculo de radio 2 centrado en el origen marcado en rojo.

La ecuación de un círculo es ( x – a ) 2 + ( y – b ) 2 = r 2 donde a y b son las coordenadas del centro ( a, b ) y r es el radio. Las coordenadas cartesianas o coordenadas rectangulares (sistema cartesiano) son un tipo de usadas en, para la representación de una, movimiento o en, caracterizadas por tener como referencia ejes entre sí que concurren en el punto de origen.

En las coordenadas cartesianas se determinan las coordenadas al origen como la longitud de cada una de las de un punto dado sobre cada uno de los ejes. La denominación de ‘cartesiano’ se introdujo en honor de, quien las utilizó por primera vez de manera formal.

  • Las coordenadas cartesianas se usan por ejemplo para definir un sistema cartesiano o respecto ya sea a un solo eje (), respecto a dos ejes (un, siendo así un sistema ) o respecto a tres ejes (en el ), perpendiculares entre sí (plano y espacio), que se cortan en un punto llamado,
  • En el plano, las coordenadas cartesianas se denominan y,

La abscisa es la coordenada horizontal y se representa habitualmente por la letra, mientras que la ordenada es la coordenada vertical y se representa por la, Al cortarse las dos, dividen al plano en cuatro regiones o zonas, que se conocen con el nombre de cuadrantes:

  • Primer cuadrante “I”: Región superior derecha
  • Segundo cuadrante “II”: Región superior izquierda
  • Tercer cuadrante “III”: Región inferior izquierda
  • Cuarto cuadrante “IV”: Región inferior derecha

El plano cartesiano se utiliza para asignarle una ubicación a cualquier punto en el plano. En la gráfica se indica el punto +2 en las abscisas y +3 en las ordenadas. El conjunto (2, 3) se denomina “” y del mismo modo se pueden ubicar otros puntos. El cuadrante tiene 4 puntos negativo y positivo ya que el lado izquierdo se le llama negativo que es -x, -y y lado derecho es positivo +x,+y.

  • Las coordenadas cartesianas son la base de la, y proporcionan interpretaciones geométricas esclarecedoras para muchas otras ramas de las matemáticas, como el, el, la, el multivariante, la y más.
  • Un ejemplo familiar es el concepto de,
  • Las coordenadas cartesianas son también herramientas esenciales para la mayoría de las disciplinas aplicadas que tratan con geometría, incluyendo,, y muchas más.

Son el sistema de coordenadas más comúnmente utilizado en, y otros,

¿Cómo leer coordenadas ejemplos?

Lectura de coordenadas geográficas – La navegación global utiliza las líneas de latitud y longitud para señalar una ubicación concreta en la superficie de la Tierra. Esto se da como coordenadas geográficas. Cómo Se Sacan Las Coordenadas En Un Plano De Construcción La imagen muestra un lugar de Sudamérica La ubicación se encuentra a lo largo de la línea de latitud 10°N y a lo largo de la línea de longitud 70°W. Al trazar las coordenadas de un lugar, siempre se indica primero la línea de latitud y luego la de longitud.

Por lo tanto, las coordenadas de este lugar serán: 10°N de latitud, 70°W de longitud. Las coordenadas pueden escribirse simplemente como 10°N, 70°W Sin embargo, la mayoría de los lugares de la Tierra no se sitúan a lo largo de las líneas de latitud o longitud, sino dentro de las formas creadas a partir de la intersección de las líneas horizontales y verticales.

Para localizar con precisión a un ser humano en la superficie de la Tierra, las líneas de latitud y longitud se dividen además y se expresan en uno de los tres formatos habituales: 1/ Grados, minutos y segundos (DMS) El espacio entre cada línea de latitud o longitud que representa 1° se divide en 60 minutos, y cada minuto se divide en 60 segundos.

  1. Un ejemplo de este formato es: 41°24’12.2″N 2°10’26.5″E La línea de latitud se lee como 41 grados (41°), 24 minutos (24′), 12,2 segundos (12,2») norte.
  2. La línea de longitud se lee como 2 grados (2°), 10 minutos (10′), 26,5 segundos (12,2») este.2/ Grados y minutos decimales (DMM) El espacio entre cada línea de latitud o longitud que representa 1° se divide en 60 minutos, y cada minuto se divide y se expresa en decimales.

Un ejemplo de este formato es: 41 24.2028, 2 10.4418 La línea de latitud se lee como 41 grados (41), 24,2028 minutos (24,2028) norte. La coordenada de la línea de latitud representa el norte del Ecuador porque es positiva. Si el número es negativo, representa el sur del Ecuador.

La línea de longitud se lee como 2 grados (2), 10,4418 minutos (10,4418) al este. La coordenada de la línea de longitud representa el este del Primer Meridiano porque es positiva. Si el número es negativo, representa el oeste del Primer Meridiano.3/ Grados decimales (DD) El espacio entre cada línea de latitud o longitud que representa 1° se divide y se expresa en decimales.

Un ejemplo de este formato es: 41.40338, 2.17403 La línea de latitud se lee como 41,40338 grados norte. La coordenada de la línea de latitud representa el norte del Ecuador porque es positiva. Si el número es negativo, representa el sur del Ecuador. La línea de longitud se lee como 2,17403 grados este.

¿Qué son las coordenadas UTM y para qué sirven?

El sistema de coordenadas UTM (Universal Transverse Mercator) es un sistema de proyección cartográfico basado en cuadrículas con el cual se pueden referenciar puntos sobre la superficie terrestre. Fue creado por el ejército de los E.E.U.U.

¿Cuáles son las coordenadas UTM ejemplo?

Un ejemplo de coordenas UTM es 29T 548929 4801142, que es la ubicación del Concello de A Coruña, donde 29 indica la zona UTM, T la banda UTM, el primer número (548929) es la distancia en metros al Este y el segundo número (4801142) es la distancia en metros al norte.

¿Cómo se escriben las coordenadas?

Posición – Combinando los dos ángulos, se puede especificar la posición en la superficie de la Tierra. Por ejemplo, Baltimore (en Estados Unidos) tiene una latitud de 39,28° Norte y una longitud de 76,60° Oeste (39° 17′ N, 76° 36′ W). Las coordenadas geográficas se expresan tradicionalmente en el sistema sexagesimal, a veces anotado como “GMS”: grados (°) minutos (′) segundos (″).

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La unidad básica es el grado de ángulo (1 revolución completa = 360°), luego el minuto de ángulo (1° = 60′), luego el segundo de ángulo (1° = 3600″). Para dar una comparación aproximada en distancia de estas unidades en la superficie de la Tierra, el perímetro de la Tierra que corresponde a 360° es de unos 40.000 km.

Más concretamente, son 40.075,017 km en el ecuador; por tanto:

un grado equivale a unos 111,319 km (en el ecuador); un minuto es aproximadamente 1,855 km (en el ecuador); un segundo es de unos 30,92 m (en el ecuador).

Las mediciones inferiores a un segundo se anotan con el sistema decimal. Estas distancias, que corresponden a una diferencia de longitud (en grados, minutos o segundos), varían en función de la latitud del lugar, ya que los meridianos terrestres se acercan progresivamente desde el ecuador hacia los polos. El siguiente cuadro ofrece algunos ejemplos ilustrativos.

Longitudes de las desviaciones de longitud en diferentes latitudes

Latitud Población Un Grado = Un Minuto = Un Segundo = ±0.0001°
59° 56′ 02″ San Petersburgo 55,80 km 0,930 km 15,50 m 5,58 m
51° 28′ 38″ N Greenwich 69,47 km 1,158 km 19,30 m 6,95 m
44° 50′ 16″ Burdeos 78,85 km 1,31 km 21,90 m 7,89 m
29° 58′ Nueva Orleans 96,49 km 1,61 km 26,80 m 9,65 m
0° 15′ 00″ Quito 111,3 km 1,855 km 30,92 m 11,13 m

Suponiendo que la tierra es una esfera de circunferencia C = 40 000 km :

en cada punto de latitud existe un paralelo al ecuador. El ecuador tiene una longitud C = 40 000 km ; estos paralelos tienen una circunferencia que depende de su radio, es decir: (C / 2 π) cos (latitud) (donde C / 2 π = radio de la Tierra en el ecuador); estos paralelos tienen por tanto una circunferencia de : 2 π (C / 2 π) cos (latitud), es decir: Cl = C cos (latitud) (Cl = circunferencia de la Tierra en la latitud) ; y en una latitud dada, 1° de longitud es = C cos (latitud) / 360 ; a 45° de latitud, 1° de longitud es igual a (40.000) cos(45) / 360 = 78,567 km (con una precisión de 1 m).

Hoy en día, también se utiliza la notación equivalente en minutos o grados decimales:

GMS, Grado:Minuto:Segundo (49° 30′ 00″ – 123° 30′ 00″) ; GM, Grado:Minuto (49° 30,0′ – 123° 30,0′) ; GD, Grado:Decimal (49,5000° – 123,5000°), normalmente con cuatro decimales.

WGS 84 es el sistema geodésico asociado al sistema GPS; se ha convertido rápidamente en la referencia universal para la cartografía. Atención: las medidas angulares de longitud utilizadas en geografía no deben confundirse con las medidas horarias, especialmente para las unidades minutos y segundos; en efecto, si admitimos que la duración del día es de 23,99 horas (el lugar de exposición del cenit solar da una vuelta completa a la Tierra, es decir, 360°, en 24 horas), entonces para el día solar medio ​:

15° de longitud corresponden a una diferencia horaria de una hora (60 minutos de tiempo) ; Por lo tanto, 1° de longitud corresponde a una diferencia de 4 minutos horarios; 15′ de longitud corresponden a 1 minuto horario; 15″ de longitud corresponden a 1 segundo horario.

Estas equivalencias históricas son aproximadas, pero ya no son exactas hoy en día, ya que la definición y la medición del tiempo (en segundos del SI) ya no se basan en la duración de la rotación diurna de la Tierra, que varía no sólo con la ubicación y la estación, sino también de un año a otro, la rotación de la Tierra no es regular y tiende a ralentizarse (por lo tanto, la duración del día solar tiende a alargarse con el tiempo, con periodos también menos frecuentes en los que esta duración disminuye, este día solar ya no dura exactamente 24 horas, cada una de 60 min de tiempo, esta última dura 60 s de tiempo).

¿Cuál es la diferencia entre coordenadas geográficas y UTM?

A diferencia del sistema de coordenadas geográficas, expresadas en longitud y latitud, las magnitudes en el sistema UTM se expresan en metros.

¿Cómo obtener las coordenadas georreferenciadas de una parcela catastral?

Proceso de aportación de la representación gráfica –

  1. En el momento de la firma de la escritura, el notario solicitará a los otorgantes que manifiesten si la descripción catastral del inmueble se corresponde con la realidad física del inmueble. En caso afirmativo, el notario describirá el inmueble de acuerdo con la certificación que incorporará a la escritura haciendo constar la conformidad.
  2. Si manifiestan ante el notario que la descripción catastral no se corresponde con la realidad, se debe iniciar un procedimiento de actualización del Catastro, La falta de correspondencia del Catastro con la realidad, puede deberse a dos motivos principales:
    1. Existencia de discrepancias en la descripción catastral: el notario solicitará que acrediten la discrepancia entre la realidad física del inmueble y la certificación catastral, aportando una representación gráfica alternativa georreferenciada, preferiblemente suscrita por un técnico competente, que podrá ser validada previamente por el Catastro. En ese caso el notario deberá instar un procedimiento de subsanación de discrepancias, dando audiencia a los titulares de las parcelas colindantes.
    2. Falta de incorporación de una alteración en el Catastro : si se trata de una segregación, agregación, división o agrupación de fincas que todavía no está incorporada al Catastro, debe presentarse en la notaría la referencia catastral de los inmuebles afectados y una representación gráfica georreferenciada alternativa que refleje las nuevas fincas resultantes. Dicha representación podrá ser validada previamente por el Catastro. Si no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley o no es posible técnicamente actualizar los datos del Catastro, los interesados deberán presentar la correspondiente declaración para incorporar la alteración en el Catastro.

    Esta falta de correspondencia dará lugar a una representación gráfica alternativa. El informe de validación gráfica emitido como documento electrónico por la Dirección general del Catastro es el medio idóneo para incluir la representación gráfica alternativa en una escritura. El informe de validación evita el intercambio físico de archivos informáticos, permite visualizar la nueva representación y habilita la captura automatizada de su contenido impidiendo posibles errores de transcripción. Caso de no emplearse deberá vigilarse la oportuna firma del fichero informático que contenga la descripción en formato GML, así como garantizar la exacta equivalencia entre dicho fichero y la documentación impresa incluida en la escritura. Con independencia del motivo de falta de correspondencia, si el procedimiento notarial culmina satisfactoriamente, se remite la información al Catastro para su actualización y se incorpora a la escritura la nueva descripción de la finca o fincas resultantes, junto con su nueva certificación catastral descriptiva y gráfica, debidamente actualizada.

  3. Posteriormente se presentará la escritura al Registro solicitando la inscripción de la representación gráfica derivada de la certificación catastral descriptiva y gráfica. El registrador, previamente a la inscripción, realizará las siguientes operaciones:
    1. Comprobar la vigencia de la certificación catastral descriptiva y gráfica desde que esta fue emitida.
    2. Calificar la correspondencia gráfica de la finca, según los criterios establecidos en la Ley.
    3. Tramitar el procedimiento registral correspondiente previsto en la Ley Hipotecaria, en el que se dará audiencia a los titulares de las fincas registrales colindantes si no han sido oídos en el procedimiento notarial.

    También se podrá presentar en el Registro de la Propiedad una representación gráfica alternativa, que puede estar previamente validada por el Catastro, para su incorporación a la descripción registral de la finca, como operación específica. Si se inscribe una representación gráfica alternativa el registrador deberá remitirla al Catastro para su validación y para actualizar la cartografía catastral, devolviéndose al Registro la representación gráfica catastral debidamente actualizada.

  4. Una vez inscrita en el Registro la representación gráfica catastral, la finca quedará coordinada gráficamente con el Catastro, A partir de ese momento se presumirá que son ciertos los datos de ubicación, delimitación y superficie de la finca inscrita en el Registro a todos los efectos legales.

En el caso de operaciones que supongan una reordenación de los terrenos tales como segregaciones, agrupaciones, divisiones o agregaciones de fincas en el Registro de la Propiedad es necesaria la representación gráfica georreferenciada alternativa para realizar la inscripción, si en el Catastro no están incorporadas las fincas resultantes de dichas operaciones.

  • La representación gráfica de las parcelas se consigue mediante su georreferenciación, determinado el sistema de referencia, su sistema de proyección y enumerando sus coordenadas.
  • El operador jurídico solicitará que un técnico realice dicha representación que debe aportarse en un fichero informáticos en formato GML, cuyos datos deberán corresponderse con los datos descriptivos y de superficie de la parcela o parcelas resultantes cuya inscripción se solicita, y cumplir los requisitos expresados en el apartado séptimo de la Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, por la que se regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad.

La Sede Electrónica de Catastro dispone de un servicio de validación de la representación gráfica alternativa que acredita el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos en dicha Resolución. El artículo 34.1 del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, dispone que la cartografía catastral definirá, entre otras características que se consideren relevantes, la forma, dimensiones y situación de los diferentes bienes inmuebles.

  • El artículo 9.b) de la Ley Hipotecaria igualmente dispone que una vez inscrita la representación gráfica georreferenciada de la finca, su cabida será la resultante de dicha representación, rectificándose, si fuera preciso, la que previamente constare en la descripción literaria.
  • Con base en dichos preceptos, la actual legislación establece un principio de prevalencia de la representación gráfica georreferenciada de las fincas, con respecto a la descripción literaria, para determinar su delimitación y superficie.

Si en los títulos de propiedad, y en la descripción literaria de las fincas consta una superficie que no es la resultante de su representación gráfica, a la hora de su inscripción en el Registro de la Propiedad debe constar la superficie derivada la representación gráfica georreferenciada aportada, y se deberá proceder a rectificar la superficie alfanumérica.

A tal efecto hay que advertir que los datos de la representación gráfica georreferenciada que se aporte deberán corresponderse con los datos descriptivos y de superficie de la parcela o parcelas resultantes. Si la delimitación gráfica que figura en el Catastro es fiel reflejo de la realidad, al elaborar el título (escritura) o al practicar la inscripción registral, habrá de manifestarse dicha concordancia expresamente y proceder a rectificar la descripción de la finca por uno procedimientos previstos en la Ley Hipotecaria, de acuerdo con los datos gráficos de dicha certificación.

Si las diferencias son inferiores al 10 por 100 de la cabida de la finca, la rectificación de la escritura por el notario no requiere expediente alguno, y dicha diferencia tampoco impedirá, para su inscripción en el Registro, que el registrador aprecie la correspondencia entre la representación gráfica aportada y la previamente inscrita, siempre que se cumplan los demás criterios de calificación registral previstos en la Ley Hipotecaria.

  • Si la diferencia excede del 10 por 100 de la cabida de la finca, habrá que tramitar un expediente hipotecario más complejo.
  • Por el contrario, si la certificación catastral descriptiva y gráfica no refleja fielmente a la realidad, habrá que proceder a rectificarla aportando una representación gráfica alternativa georreferenciada que reúna los requisitos establecidos en la Resolución conjunta, de 26 de octubre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, y tramitando el procedimiento correspondiente ante el notario o el registrador.

Dicho procedimiento para rectificar la delimitación catastral requiere, sea la diferencia superior o inferior al 10 por 100, la cita a los titulares de las fincas colindantes que se verán afectadas por la modificación del parcelario que necesariamente habrá de hacerse.

  • De tramitarse dichos expedientes en cualquiera de estas opciones, obtendremos una certificación catastral y una escritura que guardarán coherencia entre sí y con la descripción de la finca registral, cuando se practique la inscripción.
  • Hay que tener en cuenta, que esta concordancia sólo es necesaria para inscribir la representación gráfica georreferenciada de las fincas registrales, que sólo será obligatoria en los supuestos de inmatriculación, parcelación y reordenación de los terrenos, y voluntaria en todos los demás supuestos (compraventas, transmisiones, constitución de derechos reales, etc.).

El Catastro tradicionalmente ha venido reflejando en las certificaciones catastrales descriptivas y gráfica la superficie alfanumérica (denominada superficie de suelo) que había servido para valorar los bienes inmuebles, dada su finalidad eminentemente fiscal.

A partir de la entrada en vigor de la Ley 13/2015, de 24 de junio, en la certificación catastral descriptiva y gráfica se incluye la representación gráfica georreferenciada catastral, de la que se puede derivar una superficie gráfica distinta. También, y para que la cartografía catastral pueda servir de base a la representación gráfica de las fincas registrales, cuya superficie debe ser la derivada de su representación gráfica georreferenciada que se inscriba, el Catastro ha sustituido en las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas, el dato de la superficie alfanumérica del suelo por el de la superficie gráfica de la parcela.

Eso no significa que la certificación anterior haya perdido su vigencia por modificación de los datos catastrales (simplemente se certifica otro dato de superficie, el derivado de la cartografía). Cuando se presente a inscripción en el Registro una escritura que incorpora una certificación descriptiva y gráfica que incluya la superficie alfanumérica (superficie de suelo), pueden existir divergencias entre ésta y la superficie gráfica derivada de la representación gráfica catastral.

Para subsanar dicho defecto no es necesario modificar la escritura, dado que el registrador puede acceder al servicio de comprobación de la vigencia gráfica de la certificación catastral en la Sede Electrónica del Catastro, y verificar que la certificación incorporada al título sigue vigente y que expresa la superficie gráfica de la parcela derivada de la cartografía.

Esta superficie puede no coincidir con la superficie alfanumérica certificada, pero sí con la representación gráfica georreferenciada que también está incluida en el certificado. Una vez hecha esa comprobación de la vigencia de la certificación, si el Registrador no alberga dudas sobre la identidad de la finca ni sobre su correspondencia gráfica, y siempre que las diferencias no superen el 10 por 100 de la cabida de la finca, podrá practicar la inscripción y rectificar la superficie inscrita, reflejando la superficie gráfica derivada de de la cartografía catastral cuya representación gráfica se ha aportado para su inscripción.

  • El artículo 9 de la Ley Hipotecaria, establece que en el Registro de la Propiedad se debe inscribir “la referencia catastral del inmueble o inmuebles que la integren y el hecho de estar o no la finca coordinada gráficamente con el Catastro”.
  • Por ello resulta posible que una finca registral esté constituida por varias parcelas catastrales y que éstas sean objeto de coordinación con una finca registral.

La certificación catastral descriptiva y gráfica identifica la referencia catastral de cada bien inmueble e incorpora sus datos alfanuméricos, y la descripción gráfica y las coordenadas georreferenciadas de la parcela donde se ubica el inmueble. En una parcela catastral puede haber más de un bien inmueble, y todos ellos comparten la misma representación gráfica en la cartografía catastral, que es la de la parcela.

El recinto que configura la finca registral puede estar compuesto por varias parcelas catastrales, bien porque la parcela catastral está dividida por pertenecer a diferentes términos municipales o a diferentes clases de suelo (rústico o urbano), bien por existir construcciones urbanas dentro de parcelas rústicas que todavía no han sido valoradas como inmuebles rústicos, bien por el diferente origen de las fincas registrales y los inmuebles catastrales, o bien por otras causas.

En esos casos, todos los inmuebles catastrales que configuran la finca deben identificarse con sus referencias catastrales, que deberán figurar en el folio. A partir de la representación gráfica incorporada a la CCDG de cada uno de los inmuebles objeto de inscripción, se pueden obtener las coordenadas de las parcelas en que se ubican y el conjunto de todas ellas compondrá el recinto georreferenciado de la finca que configuran, lo que permitirá calificar la correspondencia gráfica de las parcelas catastrales con los títulos que se pretenden inscribir.

  • Si la calificación es positiva se producirá la coordinación de varias parcelas catastrales con una finca registral.
  • En los casos en que el dominio público no se encuentre incorporado al Catastro de manera correcta, para proceder a rectificar o subsanar dicha discrepancia hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones.

Hay porciones de dominio público que se encuentran catastradas como una parcela catastral más, aunque en otros casos no se encuentran catastradas como parcelas (viales en urbana). La representación gráfica alternativa deberá estar representada sobre la cartografía catastral y respetar la delimitación de la finca matriz o del perímetro del conjunto de las fincas aportadas que resulte de la misma, precisando las partes afectadas o no afectadas, de modo que el conjunto de todas las parcelas catastrales resultantes respete la delimitación que conste en la cartografía catastral.

  • En el caso de cesión a dominio público de una parcela, ésta deberá formar parte de la representación gráfica alternativa, aun cuando, en el caso de urbana la parcela pueda no ser reflejada finalmente en el Catastro.
  • En el caso de ocupación del dominio público, si éste se encuentra incorporado en el Catastro como una parcela, para obtener un informe de validación positivo, la parcela deberá formar parte de la representación gráfica alternativa, delimitando la parte afectada y no afectada. En el caso de viales urbanos, esta circunstancia no se podrá dar, por lo que el informe de validación que se obtendrá será negativo.

El interesado puede instar un procedimiento notarial para subsanar una discrepancia existente, en el que está previsto que el notario dé audiencia a la Administración titular del dominio público cuando éste pueda verse afectado como titular de una parcela colindante.

Con el resultado de dicha audiencia el notario podrá levantar acta y comunicar al Catastro la rectificación, para la incorporación de la alteración correspondiente. El interesado, también puede instar ante el registrador, en el procedimiento correspondiente, la inscripción de una representación gráfica alternativa de una porción de terreno que, según el Catastro, afecta al dominio público.

El registrador debe solicitar informe a la Administración titular del mismo, antes de inscribir la representación gráfica, y una vez inscrita lo comunicará al Catastro para realizar la alteración correspondiente. El Catastro podrá incorporar la representación gráfica alternativa remitida por el notario o el registrador derivada de uno de dichos expedientes, tanto cediendo como ocupando dominio público, y dicha incorporación se realizará de manera automática cuando el informe de validación gráfica sea positivo, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 18.2 y 3 del TRLCI, respectivamente.

En aquellos casos en que exista un informe de validación negativo no se podrá incorporar dicha alteración de manera automática con la información remitida por los fedatarios públicos, por lo que el interesado deberá dirigirse a la Gerencia del Catastro para que tramiten la incorporación de dicha alteración con la documentación remitida por la notaría o el registrador de la propiedad.

La legislación hipotecaria fija la necesidad de aportar la certificación catastral descriptiva y gráfica para realizar la inmatriculación de una finca en el registro de la Propiedad. El registrador observará la correspondencia entre la descripción del título y la descripción gráfica de la parcela incorporada a la certificación catastral, inscribiéndose en caso positivo la finca de acuerdo con su descripción catastral.

Caso de no estar conforme con la situación catastral reflejada por la descripción, se deberá instar el oportuno procedimiento de rectificación de la información presente en Catastro, a través del procedimiento de subsanación de discrepancias, para lo cual será preciso aportar al Catastro documentación física y jurídica suficiente que acredite la discrepancia advertida entre la realidad y la descripción catastral, que se presume cierta (títulos de propiedad, documentos públicos, planos georreferenciados validados positivamente por el Catastro, proyectos u otros documentos).

En el caso de dominio público no catastrado, el artículo 206.1 de la Ley Hipotecaria dispone que “sólo en el caso de que la finca careciese de certificación catastral descriptiva y gráfica, podrá aportarse una representación gráfica georreferenciada alternativa, la cual deberá corresponderse con la descripción literaria realizada y respetar la delimitación de los colindantes catastrales y registrales.

A la representación gráfica alternativa deberá acompañarse informe del Catastro”. Por tanto, en el caso reseñado, el titular del dominio público deberá aportar a la Gerencia del Catastro planos georreferenciados de lo que pretende inscribir, y la Gerencia, con base en ellos, realizará un informe señalando que no invade otras parcelas catastrales y se corresponde con el espacio o porción de terreno que constituyen el dominio público correspondiente.

La Ley Hipotecaria dispone que para inscribir en el Registro de la Propiedad operaciones derivadas de actos de parcelación (segregaciones, agregaciones, agrupaciones y divisiones de fincas) así como de determinados procedimientos administrativos (concentración parcelaria, expropiación forzosa, deslindes administrativos y expedientes de equidistribución urbanística), que supongan una reordenación de los terrenos, es necesario que se aporte una representación gráfica georreferenciada de las fincas resultantes, que resulte compatible con la cartografía catastral.

A partir de la entrada en vigor de dicha Ley, en su tramitación y aprobación resultará necesario utilizar la cartografía catastral, pues de lo contrario dichos procedimientos se van a encontrar con serias dificultades técnicas para su inscripción en el Registro de la Propiedad, de difícil solución una vez aprobados definitivamente.

Por tanto, el informe de validación gráfica presente en la Sede Electrónica de Catastro se convierte en una herramienta fundamental para las administraciones actuantes para garantizar en origen la compatibilidad con la cartografía catastral. Se presenta a continuación un ejemplo de aplicación.

  • Si la afectación parcial se debiese a una inexactitud de la información catastral, se deberá promover ante catastro una rectificación de la parcela 53 para acomodarla a la realidad (procedimiento de subsanación de discrepancias, art 18 TRLCI), redefiniendo su linde con la parcela 54. Realizada esta acción se produce identidad entre ámbito de actuación y conjunto de parcelas catastrales totalmente afectadas
  • Si por el contrario, el problema se debiese a una incorrecta delimitación del ámbito de aplicación, deberá incluirse la totalidad de la parcela 53 dentro de la información facilitada. La porción de parcela 53 no afectada por la reparcelación se mantendría tras dicho proceso

La información gráfica objeto de coordinación entre Catastro y Registro hace siempre referencia a la parcela catastral. Un inmueble presente en una división horizontal será objeto de coordinación si el registrador aprecia dichas circunstancia entre la finca matriz y la parcela catastral a la que pertenece el inmueble.

Así, en un edificio, la representación gráfica del solar se inscribe una única vez, pero se coordina gráficamente cada vez que se practica un asiento en cualquiera de los elementos de la división horizontal, tomando como base la certificación catastral que se incorpora el título, con lo que en cada elemento privativo figurará una fecha de constancia de la coordinación que referenciará la fecha de inscripción y coordinación gráfica de la finca matriz.

Para lograr la coordinación en estos casos, no es preciso facilitar información georreferenciada del inmueble o de sus locales asociados. Aún así, en gran parte de los casos, el desglose de locales por planta significativa es accesible en la Sede electrónica del Catastro en formato AutoCAD,dxf.

¿Cuántos digitos tienen las coordenadas?

La coordenada X estará formada por 6 dígitos y la coordenada Y estará formada por 7 dígitos.

¿Dónde va la xy la y en un plano cartesiano?

El eje horizontal en el plano de coordenadas se llama eje-x. El eje vertical se llama eje-y. El punto en el que los dos ejes se intersectan se llama origen.

¿Cómo se escriben las coordenadas de latitud y longitud?

Mostrando las ubicaciones geográficas como coordenadas – Para proporcionar una ubicación geográfica utilizando la latitud y la longitud, se utiliza un par de números conocidos como coordenadas. Las coordenadas están compuestas por grados, minutos y segundos (DMS).

  1. Cuando se proporcionan las coordenadas, la latitud siempre se escribe primero.
  2. Para proporcionar la ubicación del edificio del Capitolio de los Estados Unidos usando la latitud y la longitud sería: 38° 53′ 35″ N, 77° 00′ 32″ W.
  3. Grados Decimales, que convierte la porción de minutos y segundos de las coordenadas, es otra forma de escribir las coordenadas.

En lugar de anotar las direcciones cardinales (N,S,O, o W) en grados decimales, los puntos que están al oeste del Primer Meridiano y al sur del ecuador están precedidos por un signo negativo. Por lo tanto, las coordenadas del Capitolio de los Estados Unidos en grados decimales son 38.889722°, -77.008889°.